NOTIFICACIÓN DE REVISIONES A LOS PROCEDIMIENTOS DE LA CIUDAD DE MARCO ISLAND PARA EL LLENADO DE PUESTOS VACANTES EN EL CONCEJO DE LA CIUDAD

NOTIFICACIÓN DE REVISIONES A LOS PROCEDIMIENTOS DE LA CIUDAD DE MARCO ISLAND PARA EL LLENADO DE PUESTOS VACANTES EN EL CONCEJO DE LA CIUDAD

A llevarse a cabo el martes 3 de noviembre del 2026, conforme lo estipula el Proyecto de Ley 4003 Presentado en la Oficina del Secretario de Estado y, aprobado por el Gobernador el 25 de junio del 2026.

Mediante la presente se notifica que se llevará a cabo un referéndum en la Ciudad de Marco Island, Florida el martes 3 de noviembre del 2026 para enmendar los Estatutos de la Ciudad de Marco Island, creados por el Capítulo 97-367, Leyes de Florida y conforme se enmendaron mediante ordenanzas locales; requiriendo que se realice una elección especial para llenar cualquier vacante en el Concejo de la Ciudad tras una resolución adoptada por el Consejo; estipulando una excepción para las vacantes que ocurran dentro de un periodo de 1 año antes de una elección general; haciendo revisiones a las circunstancias bajo las cuales el Gobernador tiene requerido llenar vacantes; estipulando que el Gobernador convoque una elección especial en ciertas circunstancias.

La realización de un referéndum para enmendar los Estatutos de la Ciudad de Marco Island ha sido autorizada bajo el Proyecto de Ley número 4003 por el Gobernador de Florida el 25 de junio del 2026, el cual aprobó la siguiente propuesta para el referéndum de los Estatutos:

REVISIONES A LOS PROCEDIMIENTOS DE LA CIUDAD DE MARCO ISLAND PARA EL LLENADO DE PUESTOS VACANTES

¿Debería entrar en vigor el Capítulo 2026-188, Leyes de Florida, enmendando los estatutos de la Ciudad de Marco Island para requerir una elección especial para llenar una vacante en el Concejo, a menos que la vacante ocurra dentro de un periodo de 1 año antes de una elección general, en cuyo evento el Concejo deberá designar a un ciudadano cualificado para ocupar el cargo hasta la siguiente elección general; y para estipular que el Gobernador convoque una elección especial o designe a un miembro del Concejo en ciertas circunstancias?

( ) SÍ.

( ) NO.

 

En conformidad con la Constitución y las leyes del Estado de Florida y los estatutos municipales de la Ciudad de Marco Island, todos los electores cualificados de la Ciudad de Marco Island, Florida habrán de tener derecho a votar en el referéndum de los Estatutos al cual este aviso se refiere. Los lugares de votación en dicho referéndum estarán abiertos como lo determine el Supervisor de Elecciones, el 3 de noviembre del 2026, y se llevará a cabo en los lugares de votación en los varios distritos electorales de la Ciudad.

La Ciudad de Marco Island habrá de estar autorizada para enmendar la Subsección (3) 3.05, Artículo III del Capítulo 97-367, Leyes de Florida, mediante la pregunta anteriormente expuesta únicamente si dicha pregunta es aprobada por el voto de una mayoría de los electores cualificados de la Ciudad de Marco Island que voten en ella.

Por orden de la Legislatura del Estado de Florida.

By Joan Taylor, Secretario de la Ciudad

Ciudad de Marco Island, Florida

Publication Date:  Monday September 28, 2026

Expiration Date:   Saturday, October 17, 2026